Funciones Consejo Académico

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ACUERDO 001 DE 1994 

ARTICULO 33°.      Son funciones del Consejo Académico, además de las previstas en el artículo 69 de la Ley 30 de 1.992 las siguientes: 

a. Conceptuar ante el Consejo Superior Universitario sobre los proyectos de Estatuto General. Reglamento del profesor Universitario y el de Bienestar Universitario y Seguridad Social y demás reglamentos académicos y velar por su aplicación.

b. Modificar programas de Pregrado y Postgrado y recomendar al Consejo Superior Universitario la creación de éstos.

c. Aprobar los contenidos de los programas curriculares de Pregrado y Postgrado presentados por los Consejos de Facultad.

d. Emitir conceptos previos sobre la creación, modificación o supresión de facultades, unidades de organización institucionales para el desarrollo de programas académicos, investigativos y de extensión.

e. Conceptuar ante el Consejo Superior Universitario sobre las comisiones de estudio solicitadas por los docentes.

f.  Conceptuar ante el Rector sobre las licencias solicitadas por los docentes.

g. Asesorar al Consejo Superior Universitario sobre cambios de dedicación laboral de los profesores solicitadas por los Consejos de Facultad.

h. Estudiar y ratificar o no los conceptos sobre ascensos, distinciones o estímulos académicos y nombramientos de profesores que envíen los Consejos de Facultad.

i.  Delegar el ejercicio de algunas de sus funciones en los Consejos de Facultad o en otro organismo de dirección colegiada de menor jerarquía.

j.   Emitir concepto previo sobre las modificaciones propuestas a la planta de personal docente.

k.  Resolver las consultas que le formule el Rector.

l.   Estudiar y expedir el calendario académico de cada semestre previo concepto de las unidades académicas.

ll. Conceptuar las políticas de autoevaluación institucional y coordinar el proceso de acreditación ante el Consejo Nacional de Educación Superior (CESU).

m. Proponer las políticas académicas en lo referente a la evaluación de profesores y rendimiento académico estudiantil.

n. Proponer al Consejo Superior Universitario las políticas académicas que habrá de adelantar la Universidad Popular del Cesar dentro del sistema de universidades estatales e intercambios de profesores.

ñ. Adoptar su propio reglamento.

o.   Las demás que le señalan las leyes, los estatutos y el Consejo Superior Universitario.

Acuerdo No 006 del 12 de febrero de 2016 - Reglamento Interno Consejo Académico

Rector

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A continuación, la hoja de vida de ROBER TRINIDAD ROMERO RAMÍREZ

Nació en el hogar conformado por José Agustín Romero Daza y Gregoria Elena Ramírez Peñaloza, es el 12 de 14 hermanos, su estirpe campesina le ha servido para formarse como un ser social y de gran proyección en la vida.

Sus primeros años de estudios lo realizó en la vereda La Gallineta, zona rural de Mariangola, corregimiento de Valledupar, a los 10 años ante la muerte de su padre se radica en Valledupar, donde continúo los estudios en la Escuela Mixta No1 La Granja, el bachillerato lo terminó en el colegio Nacional Loperena y se graduó como abogado en la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla; Es especialista en derecho administrativo de la universidad Libre de Bogotá y especialista en gestión pública de la Escuela Superior de Administración Pública ESAP, y se graduó como doctor en ciencias políticas en la Universidad Rafael Belloso Chacín – URBE en Venezuela, Además de ser formador de investigadores.

Con más de 30 años de experiencia profesional, Rober Romero Ramírez, tiene amplios con conocimientos en ciencias políticas, derecho administrativo, gestión pública, gobierno y políticas públicas y pedagogía universitaria.

En el ejercicio de la función administrativa y judicial, es acreedor de excelentes relaciones públicas, ya que despierta gran simpatía entre su familia, compañeros y amigos; es respetuoso del derecho de los demás, del libre pensamiento, de la autonomía personal y de la dignidad humana, todo esto lo ha llevado a ser elegido por voto popular, concejal del Municipio de Valledupar donde se desempeñó como presidente, primer vicepresidente, presidente de la comisión de presupuesto y miembro de la comisión del Plan de Desarrollo, y diputado del Departamento del Cesar.

Durante sus más de veinte (20) años ha ejercido con buen crédito la profesión de abogado en condición de litigante en las áreas de derecho administrativo, derecho civil y derecho penal.

En su amplia experiencia laboral se destaca el haberse desempeñado como:

  • Revisor de documentos grado lll en la Contraloría General de la República.

  • Asesor externo de la Alcaldía Municipal de Valledupar.

  • Fiscal delegado ante los jueces penales municipales de Valledupar.

  • Gerente de la Lotería del César la Vallenata, cargo que le permitió ser miembro de la junta directiva del sorteo extraordinario sorteo de navidad, y de la junta directiva de la federación de loterías de Colombia.

  • Secretario de Gobierno Municipal.

El doctor Rober Romero le ha dedicado más de 25 años a la docencia

  • En la Universidad Popular del Cesar, ha estado vinculado como Profesor catedrático, profesor ocasional y profesor de planta en las áreas: Derecho administrativo, Derecho contencioso administrativo, derecho laboral, Introducción al derecho y Hacienda pública; Profesor de la especialización de derecho público; actualmente ostenta la categoría de profesor asociado; de igual manera se ha desempeñado como asesor y Decano de la facultad de derecho, ciencias políticas y sociales.

  • En la Escuela Superior Administración Pública – ESAP, ha estado vinculado como docente catedrático y docente especial de tiempo completo en los siguientes módulos: Gobierno y políticas públicas, políticas públicas territoriales; Derecho administrativo, Pensamiento administrativo público, Regímenes y sistemas políticos y Regímenes y sistemas políticos latinoamericanos, problemática pública, gestión pública local; liderazgo y ética pública; docente de las especializaciones en gestión pública y en la de derechos humanos y docente de la maestría en Administración Pública, además se ha desempeñado como capacitador.

  • En la Universidad Jorge Tadeo Lozano de Bogotá se desempeñó como docente catedrático de la especialización de gerencia en gobierno y gestión pública.

  • De igual manera ha sido ponente en diferentes eventos académicos nacionales e internacionales

  • Par evaluador externo en la Universidad Internacional de Ecuador

  • Par Evaluador del Posdoctorado Estado, Políticas Publicas Y Paz Social de la Universidad URBE de Venezuela

  • Docente internacional invitado en el posdoctorado estado, políticas públicas y paz social de la Universidad URBE de Venezuela

  • Entrenador en el 21 Concurso Interamericano de Derechos Humanos de Américan University en Washington College of Law

 

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Linea Gratuita Nacional 018000400380
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Vicerrectoría Investigación

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la Vicerrectora de Investigación y extensión Clarivel Parra Ditta es ingeniera Química de la Universidad industrial de Santander, Magister en Ciencias ambientales de la Universidad Popular del Cesar y Especialista en Ingeniería de procesos y alimentos y BIOM.  Ha ejercido la docencia universitaria por más de 23 años y ha ocupado diversos cargos administrativos en la UPC: Rectora encargada, Vicerrectora de investigación, Decana de la Facultad de Ingenierías, Vicerrectora Académica encargada y coordinadora de laboratorios entre otros. 

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