Objetivos Insitucionales

  • Garantizar a la sociedad el cumplimiento de su misión y visión en cuanto a la calidad de la educación, mediante la implementación de procesos de autoevaluación, acreditación de sus programas y autorregulación en procura de asegurar la calidad y la excelencia.
  • Cumplir las funciones de docencia, con el fin de generar y transmitir el conocimiento a través de metodologías que interrelacionen lo humanístico y lo tecnológico en los estudios propios de cada profesión; en el marco de una educación general, propiciando un escenario para la actividad inter, multi y transdiciplinaria.
  • Fortalecer la competitividad, fomentando procesos de innovación, coordinación y supervisión de los proyectos de investigación; asegurando una estrecha interacción entre el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, la Universidad Popular del Cesar y el sector productivo.
  • Propender por un conocimiento de la sociedad colombiana a través del fortalecimiento de la comunidad de investigadores de las Ciencias Básicas, Aplicadas, Sociales y Humanas.
  • Realizar labores de extensión científica, cultural y de servicio social hacia la comunidad. Brindar formación científica, pedagógica, técnica y tecnológica de alto nivel al personal docente e investigadores, como respuesta a garantizar una educación de calidad en sus diferentes niveles y modalidades de formación.
  • Promover la conformación de comunidades académicas y científicas, en redes altamente especializadas de conocimiento en el contexto de la educación superior, con la respectiva incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.
  • Extender los programas académicos en el contexto regional para satisfacer las necesidades sociales, culturales, económicas, políticas y educativas de las comunidades interesadas. 
  • Consolidar y dinamizar el sostenimiento de la comunidad académica Upecista, fortaleciendo las capacidades individuales y colectivas para producir conocimientos educativos, científicos, sociales, económicos y culturales pertinentes.
  • Además de los objetivos en comento, la Universidad Popular del Cesar cumplirá aquellos que regulan la Educación Superior en Colombia expresados en la Constitución y la Ley.

Principios

  • La Universidad Popular del Cesar es una comunidad dedicada a la educación superior, que de manera rigurosa y crítica, contribuye a la salvaguardia y desarrollo de la dignidad humana, de la herencia cultural mediante la investigación, la enseñanza y los servicios que ofrece a las comunidades locales, nacionales e internacionales.
  • La Universidad como centro de saber, de formación científica, tecnológica, humanística y pedagógica, busca a través del desarrollo de sus funciones de docencia, investigación, de extensión, proyección social y bienestar institucional, que sus directivos, profesores. estudiantes y todo el personal de la institución, vivencien valores, estéticos, sociales, éticos y espirituales.
  • La Universidad respeta la libertad de conciencia, pero no pueden hacer parte de la Institución o dejarán de pertenecer a ella, quienes atenten contra los postulados de su filosofía o contra su organización. Ella, no hace discriminación por razón de raza, credo, etnia, sexo o condición económica, social o física.
  • La Universidad, acorde con su compromiso social, considera indispensable el desarrollo de la libertad de cátedra, y aprendizaje con miras al estudio y la búsqueda de propuestas de solución a la problemática de la sociedad; a la formación integral del hombre colombiano, reafirmando la primacía de la persona en la organización de la sociedad y el Estado.
  • La Universidad está abierta a todos los que, en igualdad de oportunidades, acrediten capacidad académica y humanística suficiente para ser sus miembros aliados y dinámicos.
  • La Universidad considera indispensable contribuir a acrecentar la condición de ciudadanía colombiana, respetando y promoviendo su identidad, la diversidad cultural y la peculiaridad de las regiones.
  • Una universidad que asuma la responsabilidad social, responda a las necesidades de transformación de la sociedad donde está inmersa, mediante el ejercicio de sus funciones sustantivas, que deben estar animadas por la búsqueda de promoción de la justicia, la solidaridad y la equidad social.

Funciones y Deberes Universidad Popular del Cesar

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 7 del “Acuerdo 001 del 22 de enero de 1994 del consejo superior universitario (Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar) son funciones de la Universidad las siguientes:

  1. Desarrollar  programas  académicos  de pregrado,    de  especialización,  de maestría y de doctorado tal como lo definen los artículos 9°,10°,11° y 12° de la Ley  30  de  1.992,  tendientes  a  preparar  personal  idóneo  y  calificado  en  los campos de acción relacionados en el presente Estatuto.
  2. Desarrollar  programas  de  investigación  científica  de  extensión  cultural,  de formación  de  investigadores  que  contribuyan  a  la  discusión  y  solución  de  los problemas regionales, nacionales y mundiales.
  3. Establecer convenios de prestación de servicios académicos y administrativos con  otras  instituciones  de  educación  superior  o  de  otra  índole,  nacionales  o extranjeras.
  4. Servir  como  fuente  de  información,  a  la  comunidad  en  general  sobre  los adelantos científicos y tecnológicos.
  5. Ser  centro  creador  e  impulsor  del  desarrollo  cultural,  técnico,  humanístico  y científico.
  6. Expedir títulos académicos que garanticen a la comunidad la idoneidad de los profesionales que egresen de la Institución.
  7. Participar en eventos técnicos, culturales y científicos que busquen ampliar el conocimiento  de  la  realidad  nacional    y  mundial  en  todos  los  campos  de  la actividad humana.
  8. La Universidad Popular del Cesar prestará el servicio de extensión a través de planes  de  formación,  capacitación  y  actualización  de  recursos  humanos  y  de la comunidad en general; empleará para esta función sus recursos humanos y físicos  y  recurrirá,  si  fuere  necesario,  al  apoyo  de  entidades  o  personas  no vinculadas a la Universidad y definir y establecer los mecanismos de relación de  sus  actividades  de  desarrollo  científico  y  tecnológico  con  los  que  en  los mismos   campos  adelanten   el   Estado   Colombiano   a   través   del   Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, la comunidad científica y el sector privado.  El marco jurídico de esta política serán la Ley 29 de 1.990 y los Decretos 393, 584, 585 y 591 de 1.991

 

 

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